CASO GAZTELUETA. EL OPUS DEI HA GANADO Y ES UNA CORTINA DE HUMO EN PLENA NEGOCIACIÓN DE LOS ESTATUTOS.
SIGUE EL JUEGO DE LA BOLITA ENTRE DESPISTE, CASO GAZTELUETA
Tras los rumores de los nuevos estatutos “jesuíticos” esta pieza es fundamental
En cuanto al caso Gaztelueta, es una partida de despiste. El OD dijo que no se le podía juzgar canónicamente hasta un cambio de opinión al contrario en plena pugna por “estatutos y patrimonio” o “patrimonio y estatutos” que es lo mismo.
“Numerarios
según el OD no son de la iglesia salvo labores pastorales de la Prelatura”, aunque siempre
digan lo contrario que si o si pertenecen desde la Bula.
En este caso numerario José María Martínez Sanz, aunque cobren del OD, trabajen en un colegio del OD, dando clase de religión y bajo la dirección del OD como labor pastoral y con el catecismo del OD... dijeron en el primer juicio y hace poco que el condenado "no pertenecía al OD para no juzgarle canónicamente; por via ROTAL" aunque se contradijeran en lo que llevan diciendo desde 1982 y acumulando un patrimonio mil millonario.
Si eso no es labor apostólica de un numerario laico del OD perteneciendo a la Iglesia no sabremos cual será la verdadera labor apostólica de un numerario como IGLESIA en el Opus Dei.
MI RESUMEN:
Es un regalo trampa envenenado del OD al Vaticano para que le juzguen
adicionalmente como religioso, de esa forma quedarse con “el money, la pasta, la tela marinera de decenas de miles de millones” “el
pisto” “los mangos” “el parné” “los pesos” en plena pugna por los
estatutos.
El Vaticano acepta en procedimiento del Tribunal
de la Rota que los laicos del OD son de la estructura jerárquica de la Iglesia
ya que los juzga, eso no tiene discusión posible al haber un procedimiento en
curso, a pesar de que nunca se aprobaron los estatutos de 1982 por el Vaticano.
1)
Ya le juzgaron e investigaron una vez anteriormente luego si se ha
declarado la Rota competente con los laicos del OD, ahora no pueden desdecirse.
2)
El numerario como pena adicional a la penal (laical) de dos años de
cárcel, tiene expulsión de la iglesia y prohibición de cositas, pero no lleva
cárcel adicional y la pena laica-penal como son 2 años tampoco ingresa en
prisión. El OD le pagará y mantendrá de por vida, “cosa nostra” y “uno
de los nuestros” “omertá” obliga.
3)
OD se siguen
victimizando y apelando a la Santidad de la OBRA (son responsables penal y
civilmente como forma jurídica desde la última reforma del código penal español)
y desviando el tema mediante manipulación y sesgo cognitivo, pero no yendo
contra el procedimiento de la Rota, sino como siempre atacando ad-hominen a
todo quisqui, como marca de la casa. Una querella absurda del numerario=OD por derecho
al honor o algo así, contra el Obispo creo, cuando sería una demanda de
garantías procesales de indefensión contra la Rota, etc “por no pertenecer a la
iglesia”. lo que tendrían que presentar los abogados del numerario
José María Martínez Sanz condenado
en firme, que la ganaría si el OD y el Vaticano aceptan que nunca se aprobaron
los estatutos de 1982 censurados en internet. Pero ninguno aceptará esto
4)
Es como la “querella catalana” que te querellas contra alguien
haciéndolo mal adrede para que salga absuelto y no se le juzgue de nuevo, nada
nuevo. En este caso la querella del numerario
(Opus Dei) contra el Obispo solo tiene el fin de que se acepte y se archive y provocar al
vaticano la “Santa Ira” para que le juzguen en el procedimiento pendiente como
religioso, porque si el Vaticano aceptara que el Obispo prevarica o incumple
algún derecho constitucional o el que fuere… que sería en el caso de que por
via Rotal el Vaticano dijera que tiene razón el OD y el numerario en su última
querella y que el Obispo prevarica al querer juzgarle de nuevo. Luego no desdecirán
al Obispo y el Opus Dei sale ganando
5)
LA PENA ADICIONAL
DEL NUEVO JUICIO POR LA ROTA AL PROFESOR CONDENADO, POR ESO NO LA RECURREN EN
EUROPA y se deviene en FIRME, por abusos, será la nada, pero les permitirá
mantener el inmenso patrimonio mil millonarios de la Iglesia en manos de
civiles laicos a la espera de estatutos definitivos. No pueden ampliar la
pena laical ya que tampoco detectaron nada la primera vez, son principios
básicos de derecho. Según los cánones lleva la “expulsión del numerario de la
Iglesia” COSA QUE FAVORECE AL OPUS DEI Y ES LO QUE BUSCAN, expulsión implica
pertenencia a la Iglesia.
“LAS SANCIONES DE LA ROTA”
“El código establece ahora que los
sacerdotes que abusen de menores u otras personas vulnerables serán castigados con "privación del cargo" y,
potencialmente, con su destitución. La versión previa del derecho canónico
solo decía que los abusos por parte de los sacerdotes ameritaban "penas
justas", aunque también ya incluía la potencial separación del cargo. Los laicos que sean encontrados
responsables de abusos, según la legislación aprobada, no serán expulsados,
aunque enfrentarán penas "según la gravedad de la infracción"
“Según el Canon 1395, el clérigo que cometa un delito sexual con un
menor de edad, sea este por medio de violencia o amenazas, debe ser castigado con
penas justas que pueden incluir la expulsión del estado clerical.”
OPINION
PERSONAL de COZUMEL
AL Opus Dei
LE CONVIENE QUE LE JUZGUEN Y LA CONDENA ROTAL LES DA IGUAL, NO ES EL OBJETIVO
HOY de ese juicio adicional (es juicio adicional porque cuando se le juzgó por
primera vez por el Vaticano, no había sido condenando penalmente, pero ahora
que es firme la condena penal se le juzga de nuevo por via Rotal, que no “dos
veces como dicen el OD para mentir como es su norma”) , y es todo un
paripé, salen ganando los Peralta Boys, si o si, con o sin condena Rotal porque
todo el patrimonio recaudado por laicos civiles del OD, en nombre de la iglesia
el propio Vaticano acepta que, si son iglesia, se lo quedan… “by the face.”
¿Y EL
VATICANO PORQUE JUEGA A TODO ESTO?
Que se
expliquen ellos mediante tres cosas: sentencia rotal, auto de procesamiento y
estatutos 2024. Doctores tiene la Iglesia
Es un
partido de “Catch Wrestling o Pressing Catch” amañado entre bambalinas. Entre “Argentinator” y “los Peralta boys” o “marquesitos”
Solo puede cambiar el partido, si quiere el
Vaticano, mediante la sentencia y los nuevos estatutos donde tendrán que
motivar en esta sentencia la pertenencia de los laicos del OD antes del 2023 a
la Iglesia y en todo caso perjudica al
Vaticano como responsable civil y penal subsidiario de todos los abusos del OD
y sus laicos ya conocidos por todos. De facto aprobarían parte de los
estatutos y la famosa Bula de 1982 pero haciendo, entiendo yo, (responsable en
via penal laical o civil laical, ya lo son según última reforma del Código
Penal español) al OD responsable por via canónica de:
“LA CONDUCTA DE SUS LAICOS EN LOS AMBITOS
CIVILES Y PENALES EN SU VIDA Y DIA A DIA COMO MIEMBROS DE LA IGLESIA, hasta los
nuevos estatutos 2024 (2024-08-22)”. Eso sentenciaría yo como Juez Rotal… si me
dejaran, insistiré… pero estoy viejo y cansado.
Lo
más normal es que el Vaticano acepte un pecado venial y por derecho procesal acepten
un fallo suyo y no entre ni a aceptar ni la querella contra el Obispo ni al
segundo juicio canónico. Lo que pasa en todos
los juzgados de España; siempre hay errores con los mismos poderosos y se van
de rositas a la playa que hace buen día… todos juntitos
Luego con los nuevos estatutos el Vaticano pueden
decretar lo que quieran y expulsar a laicos o no so pena de pasar a religiosos
como parece, pero ese delito se cometió antes de todo esto y ni al Opus Dei ni
al profesor les importa un pepino: se están partiendo de risa
EN DEFINITIVA,
LA OPUSFERA (MEDIANTE LOS JUECES DEL SUPREMO, TSJ NAVARRA ETC) HA VENCIDO CON
ESTE CASO POR GOLEADA, POR PARADÓJICO QUE PAREZCA Y LOS MORTALES PIENSAN QUE ES
UNA DERROTA DEL OPUS DEI y del PROFESOR DE GAZTELUETA.
“No miren
al dedo, miren a la luna”
“Show me the money” y “por dinero baila el mono”
“Si Dios
existe no lo sabe nadie, pero mientras llegamos lo disfrutamos”
@Cozumel
20 mayo 2024
un embrollo no apto para todos los pùblicos, un clásico de los peralta boys, difícil de seguir
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