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VERDADERO APELLIDO ERA "ESCRIBA ALBAS" Y USO FRAUDULENTO DE "ESCRIVÁ" POR LA FAMILIA Y LA OPUS DEI INVENTANDOSE LA HISTORIA.

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  VERDADERO APELLIDO ERA "ESCRIBA ALBAS" Y USO FRAUDULENTO DE "ESCRIVÁ" POR LA FAMILIA INVENTANDOSE LA HISTORIA. El apellido real era  Escribano , apellidos como  Zapatero ,  Herrero ,  Molinero ,   son de origen profesional y provienen de la profesión de un antepasado, a menudo el padre. Estos apellidos se originaron en la  Edad Media  para identificar a las personas por su oficio, como la labor de un escriba (Escribano), un fabricante de zapatos (Zapatero), un forjador de metales (Herrero) o un molinero. La familia del futuro  Marques Interruptus , lo cambiaron por Escriba y luego Escrivá para auto atribuirse origen noble siendo del vulgo El cambio de  "Escriba” a "Escrivá De Balaguer"  fue autorizado por el Juzgado de Primera Instancia número 9 de Madrid (de acuerdo a la ley de 1870), publicado por edicto previo en 5 de junio de 1940 (se adjunta)  y a final de 1940 se dictó sentencia autorizando su u...

MOTIVOS PARA DES CANONIZAR A ESCRIBA ALBAS. EL FRAUDE CANÓNICO CON ENGAÑO Y ESTAFA PROCESAL CANONICA AL VATICANO POR EL OPUS DEI, PARA CANONIZAR AL MARQUES DE PERALTA (DE CALASANZ) CON EL FALSO CARISMA DE SUS “NIÑAS AUXILIARES” ESCLAVAS, VS SAN JOSÉ DE (PERALTA) DE CALASANZ CANONIZADO 350 AÑOS ANTES POR HACER LO CONTRARIO YA SANTIFICADO EN VIDA POR LA IGLESIA UNIVERSAL CON LAS MISMAS NIÑAS O PUEBLO DE DIOS

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Motivos para des canonizar a Escriba Albas. El fraude canónico con engaño y estafa procesal canónica al Vaticano por el Opus Dei, para canonizar al Marques de Peralta (de Calasanz) con el falso carisma de sus “niñas auxiliares” esclavas, vs San José de (Peralta) de Calasanz canonizado 350 años antes por hacer lo contrario, ya santificado en vida por la iglesia universal con las mismas niñas o pueblo de dios. Era "cosa ya juzgada canónicamente" y se ocultó deliberadamente Fraude al santificar un carisma de educación de niñas pobres cuando ya lo estaba por los Calasancios 450 años antes, haciendo lo contrario que lo santificado en Albas. Fraude al ocultar esa praxis “niñas numerarias auxiliares” en el proceso de canonización del siglo XXI. Si hay condena penal por las 43 al ser instrucción de Albas, se debe pedir en la sentencia que adicionalmente se le quite cualquier mérito y honor civil asociado entre ellos la canonización, porque su vida está g...

El Caso Prevost contra el Papa León XIV donde El Opus Dei le calumnian e injurian, realizado antes del cónclave para evitar su elección como Papa y publicado en Infovaticana por Gabriel Ariza (supernumerario). Nunca dan la cara, siempre con personas interpuestas

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El Caso Prevost contra el Papa León XIV donde El Opus Dei le calumnian e injurian, realizado antes del cónclave para evitar su elección como Papa y publicado en Infovaticana por Gabriel Ariza (supernumerario). Nunca dan la cara, siempre con personas interpuestas DESCARGA EN ESTE LINK EL INFORME PREVOST https://infovaticana.com/2025/05/03/el-informe-prevost-al-descubierto-publicamos-integramente-la-causa-contra-el-prefecto-de-obispos/        Robert Prevost limpió Perú de los abusos del Sodalicio, del Opus Dei y la Diócesis de Chiclayo donde redujo la influencia de sus sacerdotes que la copaban tras la etapa Cipriani que acabó en condena del primer cardenal del Opus Dei por agresiones sexuales a menores durante decenas de años y ocultación de los delitos por la entonces Prelatura Acabará con el OPUS DEI, bien que lo sabemos y ellos también. Prevost se reunió siendo Obispo en Perú, con las víctimas de los hermanos sudamericanos del Opus Dei, El Sodalicio peruano ...

EXPLICACION SENTENCIA ADICIONAL CANONICA CASO GAZTELUETA

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 EXPLICACION SENTENCIA ADICIONAL CANONICA CASO GAZTELUETA "EL CAZADOR CAZADO" © by Ana Azanza Nunca se juzgó canónicamente al numerario como cínicamente miente la cosa Dei siempre y en todo, se inició un proceso y se decretó  " 2. El Santo Padre había avocado para sí el caso, el 15 de diciembre de 2014. Además, la Congregación para la Doctrina de la Fe ordenó una investigación preliminar practicada en 2015 y, en carta del 4 de julio de 2016, declaró que «consideraba más prudente y oportuno esperar a la conclusión del proceso penal en curso en el tribunal civil contra el citado laico, antes de iniciar cualquier otra investigación interna en la Iglesia» (cf. Nota de la Signatura Apostólica, de fecha 28 de junio de 2023)." Una vez que la sentencia penal fue firme en el Tribunal Supremo se le juzgó canónicamente con los hechos probados por la justicia penal (laica) ya que la Iglesia ni el Tribunal de la Rota instruye penalmente; no tiene policía científica, ni inst...