OPUS DEI: ANUARIO PONTIFICIO 2024. OPUS DEI ES YA SOCIEDAD CLERICAL SIN DERECHOS

ANUARIO PONTIFICIO 2024. OPUS DEI ES YA SOCIEDAD CLERICAL SIN DERECHOS

12 de mayo 2024



Cambios en el anuario pontificio reflejan los recientes cambios en el Opus Dei.

El anuario pontificio es una publicación oficial de la santa sede que ofrece una amplia y detallada información sobre la estructura y funcionamiento de la Iglesia Católica a nivel mundial. ¿para qué sirve el anuario pontificio? Por ejemplo, para conocer la estructura y el funcionamiento de las Iglesia Católica, es un recurso esencial para investigadores, clericós y laicos interesados en la organización y las actividades de la Iglesia

Anuario Pontificio del 2023:

En la edición del anuario pontificio 2023, aun se recogía el estatus del Opus Dei dentro de la estructura jerárquica de la Iglesia que comprende archidiócesis y diócesis, sedes titulares, prelaturas y abadías.

CAPTURA 1

 Se encontraba registrado en la página 1031 a continuación de los ordinariatos militares, es de destacar que en los anuarios previos a 2023 no se definía al Opus Dei como circunscripción eclesiástica, es decir, no se mencionaba como estructura jerárquica, por tanto, había una ambivalencia que se ha subsanado recientemente en mayo 2024

CAPTURA 2

 Esto que podéis ver en pantalla es una fotografía de las llamadas notas históricas, al final de cada anuario están las notas históricas con explicaciones de las instituciones que aparecen en el anuario. En las notas históricas del anuario 2024 aparece sintéticamente explicada la historia del Opus Dei desde su inicio institucional como “Instituto Secular” dependiente de los religiosos

Su paso histórico por la figura de Prelatura Personal dependiente del Dicasterio de los Obispos y la reciente asimilación de las Prelaturas Personales a LAS ASOCIACIONES CLERICALES.

La Santa Sede oficializa además la nueva denominación de la cabeza de la Institución en la sección donde se consignan los datos mínimos necesarios, de esta manera el modo correcto de referirse a Fernando Ocáriz, sucesor de Escrivá, Porillo y Echeverría al mando del Opus Dei, será “MODERADOR GENERAL” y por lo tanto como ya se mencionó en el Motu Proprio del 2023, no es ni puede ser ni será nunca más “Prelado”. Ya dijo el Vaticano que el título honorifico era Protonotario Apostólico Supernumerario con el tratamiento de Monseñor y ahora ha sido degradado a “Moderador General”

CAPTURA 3

El Opus Dei sin embargo en su página oficial dice que “las Prelaturas Personales son circunscripciones eclesiásticas” desobedeciendo directamente a los lineamientos de la Santa Sede. En su página oficial el Opus Dei ha escrito, “tanto las prelaturas personales como las diócesis son comunidades de fieles de naturaleza jerárquica”

“Las diócesis son iglesias particulares y comprenden a todos los fieles en un determinado territorio, las prelaturas personales viven y actúan dentro de una o varias diócesis mediante el cumplimiento de su finalidad eclesial especifica en una relación de complementariedad”

 

No es cierto lo que dicen en su web; el Opus Dei es “Asociación Clerical de Fieles sin Derechos” dentro del Dicasterio de los Clérigos, bajo el mando de un “Moderador General” Fernando Ocáriz, ni tienen pueblo propio, ni diócesis propia, ni nunca han pertenecido a la estructura jerárquica de la Iglesia, ni son prelatura ni tienen un prelado al cargo. Ahora está meridianamente claro

CAPTURA 4

 


Hun-Hunahpú, Dios de la Fertilidad y el amor.
Templo de mi hermana la Diosa Ixchel, de la Fertilidad y la Luna
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Cozumel Reefs

Comentarios


  1. 1) CHOCOLATERO ESTAFADOR JUZGADO PENALMENTE EN BARCELONA

    RESPUESTA A LOS TROLLES ANONIMOS BIEN CONOCIDOS.
    🧌, mentirosos patológicos 🧌 😴🛌💤🥱

    1) Lugar de los hechos (Fórum delicti commissi): Según la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LEcrim), la competencia penal corresponde al juez del lugar donde se ha cometido el presunto delito. Aunque los implicados pudieran residir o moverse por otras zonas, los hechos investigados ocurrieron en Barcelona, no en Zaragoza donde residen, por eso se juzgan aquí. Si fuera civil iría a Zaragoza donde residen todos, incluido el Banco Hipotecario Zaragozano, como se demuestra por dos procedimientos civiles en ejecución de sentencia

    2) Prioridad de la Vía Penal sobre la Civil: Cuando unos hechos pueden constituir delito (penal), la investigación penal tiene prioridad absoluta. No se abre un procedimiento civil paralelo para los mismos hechos porque la vía penal absorbe la responsabilidad civil derivada del delito, es decir habría condena a cárcel y además fijaría la indemnización y cuantía económica y no cabria uno civil a la vez en Barcelona ni después en Barcelona, el penal siempre manda sobre el civil. Es además Barcelona via penal y no via civil, porque hay pronunciamiento de fiscalía y esta no se pronuncia en temas civiles, salvo en temas de menores e incapaces o tutelados, donde les representa.

    3) Principio Non bis in idem: Nadie puede ser juzgado dos veces por los mismos hechos. Si se sustanció el procedimiento civil en la jurisdicción correspondiente en Zaragoza, cosa que el Supremo es conocedor, donde ya estaba en fase de ejecución de sentencia (firmeza sin caber recursos), no procede abrir otro procedimiento civil simultáneo en otra provincia, Barcelona por el mismo motivo, porque sería juzgarlos dos veces por los mismos motivos y porque el Tribunal Supremo, si solo fuera civil y aun siendo algo no juzgado, algo nuevo lo hubiera mandado a Zaragoza por residencia del Chocolatero y socios.



    POR ESO SOLO CABE QUE ES PROCEDIMIENTO PENAL EN BARCELONA EN JUZGADO DISTRITO DE LA CONCEPCIÓN

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2) Prohibido los trolles 🧌 y los 🧐 anónimos , sáquense una cuenta Google, es gratis

3) Twitter de Cozumel Reefs https://x.com/CozumelReefs

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