JUZGADO DE INSTRUCCIÓN NÚMERO 15 DE MADRID (Plaza de Castilla 1) Lunes 24 junio 2024, 9:30 Diligencias previas 567-2024
Templo de mi hermana la Diosa Ixchel, de la Fertilidad y la Luna
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Cozumel Reefs
Opus Dei; laicos que nunca pertenecieron a la Estructura Jerárquica de la Iglesia pero se han hecho millonarios como "civiles" sin pagar tributos correspondientes al patrimonio obtenido ilícita e inmoralmente aparentando a la sociedad ser "religiosos" usando el Concordato España Vaticano. Ni siquiera el daño causado a sus miembros expoliados con abuso de conciencia y poder por directores laicos. Pretendo golpear corazones, agitar mentes con un enfoque antropológico integral, sarcástico y ácido.
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Pues si es cierto, han desmantelado la Opus Dei al 95% y a sus los laicos que ahora son civiles lo que siempre fueron; curas a las diócesis y laicos a las parroquias.
ResponderEliminarAhora a por la pasta estafada y robada en mano de esos laicos.
Ya no hay jerarquía de la Opus Dei sobre laicos ni para "labores apostólicas" ya sea por el "moderador", por los sacerdotes, como por la cadena de mando de directores laicos hasta sus miembros, ya que los directores dejan de existir
Sorry, me autocito, pero he tenido razón y me han llevado a juicio, cuando se publiquen pediremos el archivo y la condena en costas a Ocáriz por mala fe procesal y abuso de derecho al pedir fianza de 30.000 € solo por informar tanto en "Situación Futura de la Opus Dei" como "Cuentas de Torreciudad son mas falsas que un doblón de madera"
Jajaja, estarán tragando quina, orfidales, tranquimazines en Villa Tévere y Diego de Le
on, han quedado en la nada, muy ricos, pero en la nada y habrá que ver si los laicos quieren continuar en la nueva versión OD 2.0 y los curas siniestros al no tener pueblo propio al que someter y controlar
La plagiadora sacará un video seguro... que por lo menos cite esta web y a sus foreros habituales
Opus Dei liquidado, sacerdotes a las diócesis, laicos a las parroquias y a sus casas siendo el 96% de los miembros
https://infovaticana.com/2025/10/14/el-opus-dei-al-borde-de-dejar-de-existir/
ResponderEliminar1) CHOCOLATERO ESTAFADOR JUZGADO PENALMENTE EN BARCELONA
RESPUESTA A LOS TROLLES ANONIMOS BIEN CONOCIDOS.
🧌, mentirosos patológicos 🧌 😴🛌💤🥱
1) Lugar de los hechos (Fórum delicti commissi): Según la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LEcrim), la competencia penal corresponde al juez del lugar donde se ha cometido el presunto delito. Aunque los implicados pudieran residir o moverse por otras zonas, los hechos investigados ocurrieron en Barcelona, no en Zaragoza donde residen, por eso se juzgan aquí. Si fuera civil iría a Zaragoza donde residen todos, incluido el Banco Hipotecario Zaragozano, como se demuestra por dos procedimientos civiles en ejecución de sentencia
2) Prioridad de la Vía Penal sobre la Civil: Cuando unos hechos pueden constituir delito (penal), la investigación penal tiene prioridad absoluta. No se abre un procedimiento civil paralelo para los mismos hechos porque la vía penal absorbe la responsabilidad civil derivada del delito, es decir habría condena a cárcel y además fijaría la indemnización y cuantía económica y no cabria uno civil a la vez en Barcelona ni después en Barcelona, el penal siempre manda sobre el civil. Es además Barcelona via penal y no via civil, porque hay pronunciamiento de fiscalía y esta no se pronuncia en temas civiles, salvo en temas de menores e incapaces o tutelados, donde les representa.
3) Principio Non bis in idem: Nadie puede ser juzgado dos veces por los mismos hechos. Si se sustanció el procedimiento civil en la jurisdicción correspondiente en Zaragoza, cosa que el Supremo es conocedor, donde ya estaba en fase de ejecución de sentencia (firmeza sin caber recursos), no procede abrir otro procedimiento civil simultáneo en otra provincia, Barcelona por el mismo motivo, porque sería juzgarlos dos veces por los mismos motivos y porque el Tribunal Supremo, si solo fuera civil y aun siendo algo no juzgado, algo nuevo lo hubiera mandado a Zaragoza por residencia del Chocolatero y socios.
POR ESO SOLO CABE QUE ES PROCEDIMIENTO PENAL EN BARCELONA EN JUZGADO DISTRITO DE LA CONCEPCIÓN