OPUS DEI: ANULACIÓN DEL INDIVIDUO Y SUPLANTACIÓN POR EL GRUPO

OPUS DEI: ANULACIÓN DEL INDIVIDUO Y SUPLANTACIÓN POR EL GRUPO




Opus Libros. Envíos de Cozumel :

Durante la Segunda Guerra Mundial, médicos, abogados, profesores, panaderos, se convirtieron en criminales de guerra siendo personas modélicas en su vida civil y familiar. Está estudiado en psicología y sociología que su "identidad personal y la individualidad propia" está anulada y diluida en la del grupo. Esto es debido a no cuestionar nada y obedecer.

Por otro lado, la “culpa y responsabilidad propia” no existe, se reparte en el grupo, no en el individuo y esto sucede en los grupos donde lo más importante es el grupo en sí, sin permitir la crítica, ya que como los individuos han suplantado la "auto identidad por la del grupo" y se ha anulado la “individualidad”, si alguien critica al padre, al grupo, el resto lo interpreta como crítica personal a ellos mismos, a su "individualidad" y son los “agraviados” los que defienden al grupo, al padre, etc.



Para lograr esto tan perfecto para el grupo u obra, la gente está despersonalizada, sin "psique propia”, es decir alienados. Esto es debido al lavado mental coercitivo y de castigo sin premio alguno porque el Opus Dei solo castiga, no premia ni reconoce valor individual JAMÁS. Los valores son los del Opus Dei y las recompensas, alabanzas y “premios” son solo para el Opus Dei, para el grupo.

Alienado (RAE adjetivo [persona] Que tiene alienación (transformación del pensamiento)

Aquel individuo que obtenga por parte de externos alguna recompensa por sus propios méritos, pasa a ser “sospechoso” sin saber por qué y es reprimido, corregido fraternalmente y, por último, obligado a abandonar con carga de culpa.

Toda la praxis, normas, charlas, correcciones como la de “no sea simpática al responder” a la numeraria auxiliar encargada de la portería de una residencia, censura de libros, de tv, de espectáculos públicos, hasta de la salud de uno mismo, está perfectamente pensado y estructurado. No es casual, es siniestro. Está planificado. Ese es el gran delito porque el Opus Dei se ampara en la labor pastoral, religión, búsqueda de santidad… pero su objetivo es anular la individualidad, la personalidad, la voluntad, lo que lleva sí o sí a la enfermedad mental. Tras los juicios de Nuremberg, se abolió de los códigos penales la "obediencia debida" para que los directores, consejos, sedes, sean los responsables en su gestión como mandos y cargos medios y también los propios miembros que cometen esos crímenes.

Al Opus Dei, con todas las víctimas, suicidios, vidas quebradas, se le podrá hacer un juicio a la totalidad: penal criminal y civil patrimonial. Y los exmiembros podrían pedir la nulidad de todos aquellos actos jurídicos, firmas, entregas de patrimonio, etc., que realizaron durante su permanencia.


Hun-Hunahpú, Dios de la Fertilidad y el amor.
Templo de mi hermana la Diosa Ixchel, de la Fertilidad y la Luna
https://cozumelreefs.blogspot.com/


Cozumel Reefs

 

Comentarios


  1. 1) CHOCOLATERO ESTAFADOR JUZGADO PENALMENTE EN BARCELONA

    RESPUESTA A LOS TROLLES ANONIMOS BIEN CONOCIDOS.
    🧌, mentirosos patológicos 🧌 😴🛌💤🥱

    1) Lugar de los hechos (Fórum delicti commissi): Según la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LEcrim), la competencia penal corresponde al juez del lugar donde se ha cometido el presunto delito. Aunque los implicados pudieran residir o moverse por otras zonas, los hechos investigados ocurrieron en Barcelona, no en Zaragoza donde residen, por eso se juzgan aquí. Si fuera civil iría a Zaragoza donde residen todos, incluido el Banco Hipotecario Zaragozano, como se demuestra por dos procedimientos civiles en ejecución de sentencia

    2) Prioridad de la Vía Penal sobre la Civil: Cuando unos hechos pueden constituir delito (penal), la investigación penal tiene prioridad absoluta. No se abre un procedimiento civil paralelo para los mismos hechos porque la vía penal absorbe la responsabilidad civil derivada del delito, es decir habría condena a cárcel y además fijaría la indemnización y cuantía económica y no cabria uno civil a la vez en Barcelona ni después en Barcelona, el penal siempre manda sobre el civil. Es además Barcelona via penal y no via civil, porque hay pronunciamiento de fiscalía y esta no se pronuncia en temas civiles, salvo en temas de menores e incapaces o tutelados, donde les representa.

    3) Principio Non bis in idem: Nadie puede ser juzgado dos veces por los mismos hechos. Si se sustanció el procedimiento civil en la jurisdicción correspondiente en Zaragoza, cosa que el Supremo es conocedor, donde ya estaba en fase de ejecución de sentencia (firmeza sin caber recursos), no procede abrir otro procedimiento civil simultáneo en otra provincia, Barcelona por el mismo motivo, porque sería juzgarlos dos veces por los mismos motivos y porque el Tribunal Supremo, si solo fuera civil y aun siendo algo no juzgado, algo nuevo lo hubiera mandado a Zaragoza por residencia del Chocolatero y socios.



    POR ESO SOLO CABE QUE ES PROCEDIMIENTO PENAL EN BARCELONA EN JUZGADO DISTRITO DE LA CONCEPCIÓN

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1) Admite BBCodes y Smiles😊😊 https://en.wikipedia.org/wiki/BBCode
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2) Prohibido los trolles 🧌 y los 🧐 anónimos , sáquense una cuenta Google, es gratis

3) Twitter de Cozumel Reefs https://x.com/CozumelReefs

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